Como se relaciona la seguridad social con los gobiernos locales

 Como se relaciona la seguridad social con los gobiernos locales

Cuando se habla de los gobiernos locales en México y de la seguridad social que brinda a sus trabajadores, entramos a un espacio muy frágil, de incertidumbre y sin una regulación clara de lo que se debe hacer.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que los municipios y sus organismos locales deben demostrar la inscripción de sus trabajadores en algún régimen de seguridad social. (SCJN, 2019)

El mandato contenido en la Constitución Federal únicamente faculta a los Estados para elegir el régimen de protección laboral de los apartados A o B del artículo 123, pero no libera a las entidades federativas ni a los municipios de garantizar el derecho a la seguridad social de sus trabajadores, quienes por el solo hecho de estar sujetos a una relación laboral, tienen derecho a la seguridad social.

Si bien, las indicaciones son inscribir a los trabajadores en alguna institución, no se especifica si con los sistemas de seguridad social del Gobierno Estatal, con el IMSS o con el ISSSTE, es decir cada ayuntamiento puede decidir con quien asegurar a sus empleados, el problema es precisamente que, al no existir una reglamentación clara, muchos empleados de los niveles de gobierno local tienen dificultades al momento de la certidumbre referente a su seguridad social.

Existen diversos esquemas, es decir algunos optan por inscribirlos al IMSS y realizar las aportaciones como cualquier empleado de otro sector, otros realizan convenios con el gobierno estatal o federal, pero sin duda, y desafortunadamente, todo esto depende de la voluntad que tengan las autoridades del gobierno municipal en turno, si bien, los sindicatos ayudan en ese aspecto, al no estar debidamente regulado y especificado, se da pie a una ineficiencia e inclusive a malas prácticas.

El gran problema, a consideración, es que al tener la seguridad social tan centralizada (es decir depende del gobierno federal en su mayoría), y con poca claridad sobre como deben actuar los gobiernos locales referente a este tema, (Cravacuore, 2014) se crea el ambiente perfecto para la incertidumbre de los empleados de los ayuntamientos y oficinas de gobierno local.

Referencias

Cravacuore, D. (2014). La recentralización emergente en América Latina. En C. Fidel, & A. Villar, Miradas y Controversias del Desarrollo Territorial en Argentina. (pág. Miradas y Controversias del Desarrollo Territorial en Argentina.). Buenos Aires: Ediciones del Centro Cultural de la Cooperación – Universidad Nacional de Quilmes.

SCJN. (24 de 12 de 2019). LOS MUNICIPIOS Y ORGANISMOS LOCALES OBLIGADOS A INSCRIBIR A SUS TRABAJADORES EN RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL: SEGUNDA SALA. Obtenido de Comunicados de prensa: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6041

Camiro, M. (1944). Los seguros sociales. La ley mexicana del seguro social. Uno de sus problemas. Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia.

 

 

 

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